PRONUNCIAMIENTO

CONSEJO ESTATAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE COAHUILA

El Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, en compromiso con la prevención, atención y sanción de la violencia de género establece dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2023-2029, en el Eje 1 Orden y Seguridad, la estrategia 1.8.4 para contribuir a la prevención y atención del acoso y hostigamiento sexual en los ámbitos público y privado, encaminada a generar espacios laborales seguros, libres de violencia, en apego al marco jurídico aplicable.

Ámbito Federal. – Artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; las diversas 5 fracciones III, IV, VI, 33 fracción V y 34 fracción XII de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; los Artículos 10, 13 y 15 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Ámbito Estatal.- Artículo 7 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, el Artículo 46 fracción II de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Coahuila de Zaragoza, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Artículo 5, Artículo 8 fracción V, Artículo 9 fracción IV, Artículo 16, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Artículo 85 del Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 21 de octubre de 1972; el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento y Acoso Sexual en la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, número 95 Tomo CXXXI, de fecha 26 de noviembre de 2024, así como en el periódico número 4, Tomo CXXXII de fecha 14 de enero de 2025; el Artículo 6 fracción XI, Artículo 7 fracción II, III, IV y V del Código de Ética para los Servidores Públicos del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 89 Tomo CXXVI, de fecha 05 de noviembre de 2019, así como la fracción I de las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública en el Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, número 89 Tomo CXXV, de fecha 06 de noviembre de 2018.

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 1 señala que todas las personas gozarán de los derechos humanos, así como de las garantías para su protección reconocidos en la propia Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, y establece la obligación de las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Con base a lo anterior, yo Dr. Mario Prudencio Valdés Garza, en mi carácter de Titular del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Coahuila de Zaragoza manifiesto mi compromiso para impulsar una política de:

“CERO TOLERANCIA AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y ACOSO SEXUAL”

Pronunciamiento